Código de convenio: 28002085011981 | Ámbito de aplicación: Madrid · Sectorial
El Convenio de Hostelería y actividades turísticas de Madrid es un convenio colectivo sectorial cuyo ámbito de aplicación es Autonómico.
El convenio colectivo de Hostelería y actividades turisticas de Madrid fue publicado el 20 noviembre 2021 en el Boletín de la Comunidad de Madrid (BOCM).
¿Qué es el Convenio de Hostelería de Madrid?
El Convenio de Hostelería de Madrid establece las condiciones laborales para los trabajadores del sector hostelero en la Comunidad de Madrid. Este acuerdo regula aspectos clave como los salarios, la jornada laboral, los descansos, y otros derechos y obligaciones tanto de los trabajadores como de las empresas.
¿A quién afecta el Convenio de Hostelería de Madrid?
El convenio colectivo es aplicable a todas las empresas de hostelería en la Comunidad de Madrid que prestan servicios de comida y bebida, como restaurantes, bares, cafeterías, pubs, discotecas, entre otros. Además, incluye también a empresas de restauración moderna, como cadenas de comida rápida y servicios de catering.
Empresas incluidas en el convenio
El convenio afecta a una amplia variedad de establecimientos de hostelería, entre ellos:
- Restaurantes
- Bares y cafeterías
- Catering y eventos
- Discotecas y pubs
- Salones de té y gastrobares
Duración y Vigencia del Convenio
El Convenio de Hostelería de Madrid tiene una vigencia definida. A menos que sea denunciado por alguna de las partes, este convenio se prorrogará automáticamente por plazos iguales.
Salarios en el Convenio de Hostelería
El convenio contempla una subida salarial sobre todos los conceptos salariales y extrasalariales. Esto incluye salarios base, complementos y pagas extraordinarias. Si quieres conocer las tablas salariales detalladas, puedes descargar el convenio completo más abajo.
Complementos salariales
Además del salario base, los trabajadores pueden beneficiarse de varios complementos, como:
- Complemento de antigüedad consolidada
- Gratificaciones extraordinarias
- Plus de nocturnidad
- Complemento salarial en especie (manutención)
Jornada Laboral y Descansos
La jornada laboral máxima anual establecida en el convenio es de 1.800 horas de trabajo efectivo. La jornada semanal no debe superar las 40 horas, y la jornada diaria no puede exceder de 8 horas. Entre una jornada y la siguiente, debe haber al menos 12 horas de descanso.
Flexibilidad horaria
El convenio contempla ciertas medidas de flexibilidad horaria, especialmente para centros de trabajo con más de 50 empleados. Esto permite la ampliación de la jornada diaria en momentos de alta demanda, con un sistema de compensación por horas extras trabajadas.
Descargar el Convenio de Hostelería de Madrid
Si deseas conocer todos los detalles y acceder a la información completa, puedes descargar el Convenio de Hostelería de Madrid en formato PDF. Este documento incluye todos los derechos, deberes y beneficios aplicables a los trabajadores del sector hostelero en la Comunidad de Madrid.
A continuación puedes descargar en pdf el Convenio de Hostelería y actividades turísticas de Madrid: